Del poder deformador de la justicia Resolución Judicial: ¡Usted disculpe.¡

LECCIONES CONSTITUCIONALES

POR MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

 

Para la valoración diagnóstica de las resoluciones judiciales,  se ha creado un sistema de puntuación sobre 6 criterios que, de acuerdo a la experiencia en el análisis de resoluciones judiciales en los últimos 10 años, constituyen los aspectos más raigales para predicar que una resolución judicial está bien fundamentada y comunicada.

 

Los criterios son los siguientes: a. Orden. b. Claridad. c. Fortaleza argumentativa. d. Suficiencia argumentativa. e. Coherencia lógica. f. Diagramación. Son criterios que son desarrollados por los Tribunales Federales.

 

En las  Resoluciones Judiciales hay aspectos más débiles que deben fortalecerse en la elaboración, los aspectos más fuertes que pueden ayudar a identificar magistrados líderes para enseñar a otros cómo fortalecer su argumentación y redacción. Lineamientos para un sistema de evaluación permanente de la calidad de la argumentación, que refleje las mejores prácticas argumentativas.

 

Tal parece que en el caso de Raúl Salinas de Gortari, hermano del ex presidente de México Carlos Salinas, fue declarado inocente de la acusación de enriquecimiento ilícito. Con este fallo le serán regresados sus cuentas y bienes embargados, un juicio que duró casi 19 años, por un monto de 224 millones de pesos provenientes de la Partida Secreta de la Presidencia de la República entre 1990 y 1994.

 

CNNExpansión, es un medio que dice que mientras  este personaje trabajó en la extinta Compañía Nacional de Subsistencias Populares (Conasupo) adquirió 41 propiedades en nueve estados del país, pero no pudo comprobar el origen de los recursos para adquirir los inmuebles.

 

Lo acusaba la Procuraduría General de la República (PGR) desde 1996, durante el sexenio de Ernesto Zedillo. El 31 de julio de 2013 ya había sido exonerado de este delito; sin embargo, la PGR apeló el fallo y es hasta este diciembre cuando se

le declara inocente de manera definitiva e inapelable.

 

El Tercer Tribunal Unitario Penal del Distrito Federal dijo que la PGR no acreditó que el enriquecimiento de Salinas de Gortari se deba a la corrupción mientras fue funcionario.

¿Qué significa el fallo de su inocencia? Que todos sus bienes que hayan sido confiscados le sean devueltos, incluidas seis cuentas bancarias. Además de este juicio, Salinas de Gortari libró los procesos por defraudación fiscal, lavado de dinero, peculado y narcotráfico. Pasó una década en la cárcel por el asesinato de su cuñado, el exlíder priista José Francisco Ruiz Massieu, pero fue absuelto en 2005. En 2008, fue acusado por su entonces esposa, Paulina Castañón, por violencia intrafamiliar.

El sarcasmo es una forma de inteligencia, imaginemos a los Tribunales Federales diciendo en la Resolución seria, objetiva, fundamentada, transparente, legal:

 

“Usted disculpe, tenga sus credenciales falsificadas, le devolveremos sus millonarias cuentas por que no ha robado nada al fisco, nos confundimos, Usted nunca ha defraudado a nadie, tenga Usted los 224 millones que ha ganado honradamente, total este pueblo olvida todo a los 2 años, discúlpenos, Usted no es un corrupto, perdone a nuestro sistema jurídico mexicano que esta mal en los procedimientos que instaura sin ver la calidad de las personas,  nunca hemos dudado de sus  41 propiedades en nueve estados del país, y aunque Usted no pueda comprobar nunca, el origen de los recursos para adquirir los inmuebles, le agradecemos que haya hecho las carreteras, inclusive la de Oaxaca”…

 

No hay concordancia de las reglas de una sentencia con la realidad que existe en México, la Justicia ha dejado de ser mediática, hoy es cínica, falta de valores cívicos, las recomendaciones que sobre argumentación constitucional  ha dejado el Maestro Manuel Atienza son traicionadas, ya en el año de 2008 en Lima Perú, cito extensamente:

 

“Una buena sentencia constitucional debe permitir al lector identificar con facilidad: a. la historia procesal del caso, b. los problemas que la Corte se propone resolver,

  1. la respuesta a los mismos, d. las cuestiones controvertidas de las que depende la solución de los problemas, e. las razones en las que se basan las respuestas a estas cuestiones y que constituyen la doctrina o ratio decidendi del caso, f. la argumentación utilizada para establecer la doctrina.”

 

El poder deforma la Justicia, es más, la corrompe, un sistema oscuro, a modo de quienes operan el poder, siempre será parcial, injusto, corrupto, nuestro sistema federal ha destituido magistrados de carrera como el caso del Lic. Francisco Salvador que hasta la Corte Interamericana se ha llevado su Resolución destitutoria para que se le haga Justicia y se repare el agravio por el Estado Mexicano, por los Tribunales Federales, por la justicia que fue injusta al hacer un reglamento de sanciones para legitimar la sanción ya impuesta.

 

Hay muchos actos de injusticia, muchos retardos en la aplicación de la justicia de expedientes casi milenarios que abarrotan los Juzgados de toda materia, penales, civiles, mercantiles, fiscales, administrativos, jueces que desconocen el artículo 17 Constitucional en donde la Justicia pronta y expedita, no existe sino en los discursos.

 

Si en cada acto de corrupción en nuestro entorno, toca calificar una resolución como las cuestionadas por la sociedad a los Tribunales Federales o Estatales, entonces estamos ante una situación de falta de valores, hace falta preparación, honestidad, valores que se han dejado de practicar por la justicia mexicana.

 

La calidad de la argumentación debe ser permanente, que refleje las mejores prácticas argumentativas lejos de la idea de beneficiar al poder imperante, hay confusión y oscuridad en la justicia, nuestra sociedad ya no desea Resoluciones judiciales con el resultado: Usted disculpe¡.

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