“De la Oratoria Forense y Jurídica” por Marco Antonio Baños
LECCIONES CONSTITUCIONALES
MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO
“DE LA ORATORIA FORENSE Y JURÍDICA”
Una de las materias poco desarrolladas en la praxis jurídica es la Oratoria Forense, sin embargo diferenciarla de la Jurídica implica estudiar los parámetros de su actividad.
El Licenciado Gabriel Ortega Mora, Campeón Nacional de Oratoria, expositor en la materia, define claramente su posición teórica: Oratoria Forense es la generalidad, Oratoria Jurídica es la especie, debemos estar en el entendido de que la palabra judicial debe estudiarse a profundidad, las grandes motivaciones de la Justicia invocan socialmente una actividad que los jueces deben conocer al desarrollar su lenguaje jurídico, apegarse a la norma, interpretar el derecho y argumentar no es tarea fácil cuando se realiza una actividad o de varias materias en el Derecho.
La locución latina dicha por Ulpiano, Ius est ars boni et aequi, justi scientia: El derecho es el arte de lo bueno y equitativo, la ciencia de lo justo y de lo injusto.
Coloca al Derecho como arte y Ciencia a la vez cuya finalidad es la Justicia, por lo que veremos en esta construcción que se intenta a partir de algunas reglas del derecho y locuciones latinas, el inicio de la interpretación sobre lo justo y lo injusto.
Por lo tanto, construir un lenguaje jurídico actual, a partir de conceptos que pertenecen al Derecho Romano, de carácter racional, implica la interpretación primaria, o mejor dicho el conocimiento romanista del Derecho y sus concepciones originarias en latín, que deben ser aplicadas hoy en día por los Jueces, Abogados y Estudiosos del Derecho.
Toda técnica jurídica en su desarrollo necesita de cultura jurídica, el conocimiento exacto de la letra de la norma, la inspiración en el discurso jurídico, no conduce a la realidad, es un adorno, la imprecisión viene de la falta de esa cultura jurídica, en la exposición de un alegato, de un agravio en amparo, de una estructura correcta y por demás verdadera, en lo que se defiende o se condena, como en las sentencias.
Bien ha señalado Ulpiano: “Iustitia et constants et perpetua voluntas ius sum quique tribuendi” “La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar cada quien lo que le corresponde”. La Oratoria Forense constituye un verdadero tratado de Justicia, por su búsqueda y realización práctica del bien supremo que es el derecho, la paz, la libertad, los valores ciudadanos, la constitución y sus fines, las leyes, etc., es una disciplina práctica que todo abogado debe tener en la formación de sus valores, de su estima, de su realización y búsqueda de los más altos ideales de la sociedad y del individuo.
Forjar una virtud, con raciocinio pleno de pensar y actuar siempre jurídicamente, con la virtud de la prudencia y del raciocinio del derecho, de la sabiduría y la cultura de lo justo, de lo verdadero, lleva consigo estar siempre en la práctica de valores llenos de Justicia, de bondad, de verdad, de esperanza en la realización de la norma al caso concreto. El Arte del Derecho aunado al de la Palabra, convergen en el arte de ser concretos, de la palabra que nace de la norma y se dirige a las conductas, a las situaciones que son reguladas y controladas por el Derecho.
La especialización del Discurso en el derecho, obedece a las materias que en diversos casos obligan a manifestarse verbalmente, en audiencias, en careos, en el llamado “uso de la palabra”, en diligencias civiles, penales, laborales donde es eminente la oralidad en los juicios.
El discurso forense es un discurso jurídico, la palabra “forense” viene de la palabra “foro” o plaza pública romana, en los Juicios Orales los pronuncian los Tribunales de Justicia, por lo que se debe estar diestro en el manejo de los argumentos, de las frases, de las sentencias que se digan en la tribuna, un orador humano, sentenciero, jurisprudencial es virtuoso si cumple con la función encomendada en un juicio oral.
Nuestro sistema de comunicación oral, es un lenguaje lleno de símbolos que significan derechos hasta alcanzar la justicia. Dentro de la Argumentación judicial, se habla de teorías de la Decisión judicial: La decisión judicial es el momento en el que el juez de acuerdo a los datos del juicio toma una resolución dentro de los parámetros que le establece la norma para el caso concreto, pero esa decisión no puede ser arbitraria ni caprichosa sino fundada y motivada.
La Oratoria reconoce el valor singular de la palabra, las expresiones, los contenidos, como modo decisivo de expresión, debe ser claro cada mensaje, la oratoria se jerarquiza según la precisión de su uso, la elocuencia de su forma y la excelencia de su contenido.
En el ámbito forense, constituye una herramienta para el desempeño del estudiante y del futuro profesional, la oratoria Forense, es indispensable en la labor de los abogados, tanto en el plano judicial, como extrajudicial en su ejercicio profesional.
Se destacan siempre los valores de la sinceridad, convicción, claridad y consideración al auditorio y como modos idóneos se transmitirán las ideas y los conocimientos. La frecuente idea de que el arte de la oratoria en su más alto nivel de elocuencia está al alcance de todos, no es verdad, menos si no se conoce la argumentación jurídica, o no se tienen conocimientos de semiótica y hermenéutica jurídicas. La confianza en sí mismos y el empeño puesto en el logro de la consecución del discurso jurídico en estricto sentido, da éxitos.
La especial destreza en el uso de su expresión verbal que permite transmitir así con elocuencia sus mejores razones jurídicas, la da este arte noble de la Oratoria correspondiente a la justicia, debe estudiarse a profundidad por los operadores jurídicos.
Todo el conocimiento que encierra la Nueva Retórica, la Teoría de la Argumentación Judicial, que se han señalado como las armas más implacables de la judicatura moderna y contemporánea han sido ciceronianas, es decir, siempre se obtienen resultados favorables quien logra el convencimiento del juez. La retórica de Cicerón, como su oratoria, es fundamentalmente legalista y relativista, y en este sentido la apariencia de verdad o verosimilitud, será del todo suficiente, implica la utilización de ciertas estrategias como la simulación u ocultamiento lo que no debe ocurrir en el actual derecho.
Ahora bien la apariencia de verdad tiene tal importancia en la retórica ciceroniana fundamentalmente por el carácter eminentemente judicial de sus discursos. Cicerón defiende la moralidad de la retórica y su poder civilizador. (2)
La virtud del Orador Forense, descansa en lo que expone en forma clara, coherente, precisa, fundamentada en el derecho vigente y en la verdad que se tiene como jurídica. En ese sentido, es preciso hacer notar la importancia que la lógica tiene dentro de la argumentación, esto es, la de estructurar adecuadamente nuestras ideas y expresiones, ya que de no hacerlo así, caemos en errores que si bien en ocasiones pueden ser realizados con ese propósito en otras nos puede hacer perder una discusión o hasta un juicio por no saber estructurar adecuadamente nuestro razonamiento a fin de enlazar una premisa con la conclusión.
Finalmente se hará un Taller de Oratoria los días 23 al 25 de abril y otro de Oratoria Jurídica dirigido a estudiantes, litigantes, abogados para que inicien su camino en el arte de la argumentación jurídica, del 21 al 23 de Mayo de 2018, daremos informes en los teléfonos 9512090334 y 9511246480.