“Comparecencias Interinstitucionales”

LECCIONES CONSTITUCIONALES

“COMPARECENCIAS INTERINSTITUCIONALES”

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

 

Dentro de los datos aportados en la comparecencia ante el pleno del H. Congreso del Estado de Oaxaca, el Dr. Rubén Vasconcelos Méndez, Fiscal General del Estado de Oaxaca, ante el Diputado César Enrique Morales Niño, Presidente de la mesa directiva de la LXIV Legislatura del Estado, en presencia de sectores sociales que clamaban justicia, se expresó entre otros puntos importantes que las Fiscalías no previenen los delitos, sino que se les da respuesta, es muy cierto, ya que la función de la seguridad ciudadana le corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública, y todo el combate a la impunidad a la Fiscalía General del Poder Ejecutivo del Estado.

 

Lo cierto es que si a las Fiscalías no se les puede achacar el incremento de los delitos (realmente a ningún órgano del sistema penal), lo que se les puede reclamar es no dar respuesta a los casos de que conocen, sin embargo, todos los esfuerzos por lograr una auténtica y efectiva política de seguridad y de persecución penal en la que se dijo que hay que partir de indicadores objetivos, del conocimiento del comportamiento criminal y del análisis de los contextos. Las políticas de seguridad y procuración de justicia son temas muy serios que no pueden utilizarse políticamente ni construirse basándose en datos sin sustento, sin conocer de fondo los problemas sociales que ocasionan los delitos y sin tener certeza de lo que se quiere resolver. La procuración de justicia es un trabajo técnico, no político, que requiere la fijación de estrategias, directrices y líneas de acción para cumplir su objetivo: reducir la impunidad y con ello fortalecer el estado de derecho.

 

Es verdad que se requiere suma transparencia en el actuar de quienes intervienen en la procuración de justicia, esto, robustece el Estado Constitucional de Derecho, se dijo que nunca antes se había formulado en Oaxaca: una política de persecución penal con directrices claras en torno a la resolución de casos y al combate a la impunidad. En la actual procuración de justicia de Oaxaca ya no se improvisa, ni se recurre a las ocurrencias para establecer planes y acciones. Tampoco son los intereses políticos o las presiones mediáticas las que conducen los trabajos de la institución, la ley es igual para todos, por tanto, el único deber es procurar JUSTICIA a quien o quienes lo pidan con toda justicia.

 

Y es verdad no se puede ser selectivo con quienes se les otorga o se les procura la justicia, sino que esta debe ser igualitaria, para todos los sectores, clases y ciudadanos.

 

Cada carpeta de investigación es única en su género, no hay asuntos jurídicamente iguales, existen socialmente inconformidades que deben ser transparentadas también para saber a ciencia cierta sobre los actos de justicia en crímenes, violaciones a derechos humanos de lo que existe cansancio social.

 

Le dureza del trabajo ministerial requiere apoyos económicos serios para que no exista impunidad, requiere de capacitación constante a los fiscales, requiere de salarios dignos para combatir rezagos y corrupciones, requiere de estrategias de trabajo para los fiscales que trabajan 48 horas en jornadas que se deben atender con todo profesionalismo, esta tarea es titánica, el H. Congreso del Estado y el poder Ejecutivo deben fortalecer esta institución con más recursos, el Ejercicio presupuestal considero debe incentivarse para mejorar la procuración de justicia en Oaxaca.

 

Ahora bien sobre los temas abordados de Reorganizar la Fiscalía General del Estado, orientación, denuncia y determinación inmediata, justicia alternativa, Investigación de Delitos, Homicidios, Secuestros, Muertes de Mujeres en forma Violenta, Personas no localizadas o desaparecidas, coordinar, capacitar y mejorar la atención con los Agentes Estatales de investigación, así como Servicios Periciales de calidad, no bastan para atender al grueso de la población en materia de Procuración de Justicia, se requiere coordinación interinstitucional de la Seguridad  Pública, las Policías, la Sociedad Civil entreverando aspectos de mejorar la seguridad ciudadana en la que solamente es responsabilidad del Estado dar seguridad a los ciudadanos de a pie, dar confianza a la ciudadanía y coordinar siempre las actividades de las instituciones para dotar de mejor servicio a la sociedad.

 

Por otra parte, deben comparecer quienes atienden la seguridad pública del estado, es decir, hacen falta comparecencias interinstitucionales para darnos cuenta del ¿por qué? tanto delito existente en Oaxaca.

 

En el Municipio, por ejemplo, existe mucha embriaguez en zonas de la Ciudad. De las licencias otorgadas no sabemos la ciudadanía a quienes se les otorga, de los nuevos comercios o negocios de venta de alcohol, de la lista de negocios que venden y en el que se consume alcohol, como detonante de delitos en la Ciudad.

 

A saber, existen alcoholímetros, pero no en todos lados, existe una falta tremenda de policías, no existen por ejemplo regulación o registro diario de los retenes existentes y lugares en donde se realizan, por tanto, existe también irregularidades en la seguridad pública municipal.

 

La aplicación del artículo 17 y 21 Constitucional es un reto del Estado, ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho y la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. 

 

El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público…. Ahora bien, el artículo 21, dice: “… el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas: a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, las entidades federativas y los Municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones

 

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema. c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos. d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las instituciones de seguridad pública. 

 

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.

 

Por tanto, si el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca, no se ha considerado lo emergente para la Fiscalía General, se debe evaluar también a los diversos entes del Estado para determinar una evaluación debida, en “comparecencias Interinstitucionales” de diversas secretarías sobre lo que reclama la sociedad cuando se busca la aplicación de las Leyes, obviamente con el apoyo Federal, del Estado y de Municipios como reza la Constitución Federal.

 

Finalmente, la sociedad exige Justicia, no confundamos esta honrosa palabra con la búsqueda de intereses diversos, en los que la palabra política no es aplicable en los tiempos que requieren de respuestas interinstitucionales para todos los oaxaqueños.  

 

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