La responsabilidad penal inexistente de servidores públicos.

LECCIONES CONSTITUCIONALES

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

 

Mucho se habla de la responsabilidad penal en contra de los servidores públicos, la responsabilidad por sí misma es aquella que tiene lugar, cuando la conducta de los servidores públicos en el desempeño de sus funciones o con motivo de ellas, lesionan valores protegidos por las leyes penales, originando el procedimiento penal en su contra.

 

Los sujetos de responsabilidad penal son todos los servidores públicos que cometen delitos, consecuentemente el ministerio publico y los jueces que conozcan de la causa aplican las disposiciones del Nuevo Código Penal y del de Procedimientos Penales por tal motivo la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de estas; así como los delitos del orden común serán perseguidos y sancionados en los términos de la legislación penal del estado.

 

Los servidores, excepción hecha del Gobernador del Estado reza la Ley, que sean sujetos de responsabilidad penal deberán de incurrir en cualquiera de los  “tipos penales” establecidos en el código penal vigente en el estado de oaxaca, considerándose como tales delitos, los siguientes:

 

Ejercicio indebido del servicio público, Abandono de funciones, Coalición de funcionarios, Abuso de autoridad, que es el más común de los delitos cometidos por servidores públicos, Abuso de autoridad en la Administración de Justicia, Cohecho, Peculado, Concusión, Enriquecimiento ilegitimo. Igualmente, las responsabilidades penales de tráfico de influencia, e intimidación.

 

Por parte de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca, por cierto, aunque reformada obsoleta, señala las responsabilidades administrativas son: negligencia en el servicio público, desvió de recursos, prepotencia, extorsión, ejercicio indebido del empleo, cargo o comisión, abuso de autoridad, maltrato, nepotismo, deshonestidad

 

Hay un procedimiento muy curioso en la Ley de Responsabilidades estatal, cuando las delegaciones de contraloría tienen conocimiento de hechos que impliquen responsabilidad penal, deberán dar vista de ellos a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, mediante comunicación dirigida a la dirección de procedimientos jurídicos, (quien instaura procedimientos y sanciona)  enviando la documentación correspondiente y esta los turnara formulando la denuncia respectiva ante el ministerio publico en los términos de la nueva ley de responsabilidades, ya que todos los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo, con nivel de Jefes de Departamento, hasta el Gobernador del Estado, así como aquellos que manejen, recauden o administren fondos y recursos económicos, materiales o humanos estatales, o información clasificada como reservada o confidencial, sea cual fuere el carácter de su denominación o designación.

 

Si las delegaciones de contraloría y los órganos de control interno tuvieran conocimiento de hechos que implique responsabilidad penal, deberán dar vista de ellos a la contraloría y a la autoridad competente para conocer del ilícito, esto en la praxis no se respeta, hay muchas inconsistencias de servidores públicos, muchos expedientes cerrados por la Dirección de Procedimientos Jurídicos de la Secretaria de Contraloría y Transparencia Gubernamental, otros más que se desconocen, otros más instaurados para colgar a algún despistado una responsabilidad mayor de quienes ya no están en la administración con cargo de Secretario o bien, de los servidores públicos con millonarios recursos que se fueron tal vez a vivir a Suiza o los Países Bajos y de cuyos expedientes ya se olvidaron todos los actores políticos.

 

Por tanto la responsabilidad penal de servidores públicos ha sido gradual, no permanente, pareciesen actos de venganza política, o actos de perdón público los de la sanción imperante, la responsabilidad inexistente a servidores públicos contrasta con los múltiples problemas de Oaxaca, en próximas elecciones brillarán con fuerza expedientes de servidores públicos a conveniencia.

 

Finalmente se termina un periodo en el que las fiestas invaden a las personas, nuestro pueblo olvida pronto, esperemos se aplique siempre la ley a quienes han hecho daño en lo económico al patrimonio oaxaqueño  haciendo uso de un cargo público, servicio público, que al ser público, se daña a la ciudadanía en lo general, desatemos la pregunta ¿Conocen de algunos casos?. Feliz Año 2015.

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