“Empleados y funcionarios, duplicidad del servicio público y el mandato constitucional”

LECCIONES CONSTITUCIONALES

 

POR MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

 

He escuchado con mucha atención los problemas de corrupción que imperan en Oaxaca, por citar un ejemplo, el Municipio  de Reyes Etla, tiene al frente un Presidente Municipal Constitucional que trabaja en Finanzas, es decir, tiene doble trabajo, doble salario o paga, por un lado un mandato constitucional y por otro un empleo pagado, que resulta incompatible con el servicio público municipal que se debe de dar, además de las quejas de ciudadanos que lleva ya 20 años en el poder, trienio tras trienio, gobernando alternativamente como si no existieran ciudadanos que puedan cambiar las cosas en su Municipio.

He escuchado además lo grave que es, que un Candidato de un Partido Político, por encargo del Ejecutivo sea Secretario, tener un Mandato jurado para guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y no cumplir este mandato, por intereses políticos de tener más y más poder renuncia y desea más poder, que no le basta ser o haber sido diputado local, que busca ser diputado federal, cobrando en uno y otro lado, es decir, la figura del Mandato Constitucional es violentado, sin que el Poder Legislativo emita ninguna ley al respecto, ya que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca no se cumple a cabalidad.

En Oaxaca no existe transparencia, no se sabe a ciencia cierta quién o quienes cobran en el Sistema Educativo Estatal, como Directores, Profesores y a la vez, son Autoridades Municipales, entre Presidentes Municipales Constitucionales, Regidores, Síndicos,  Tesoreros, no se sabe cuántas de estas Autoridades Municipales, que deben cumplir su Mandato Constitucional, no guardan la Constitución y tienen otro Empleo o tienen otro cargo o representatividad en la Función Pública, cobran dobles cantidades de dinero por distintos servicios incompatibles.

Los dobles salarios, las dobles funciones, de día Presidente Municipal, de tarde o noche empleado del estado, o de la federación, lo cierto es que el Enriquecimiento ilícito existe a los ojos de nuestras Autoridades y evade la normatividad existente cualquiera que quiera tener un cargo y otro, sin ser cuestionado o molestado por no cumplir el Mandato Constitucional.

Nuestras instituciones son omisas ante este problema, la compatibilidad señala el artículo 56 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca: Todo servidor público independientemente de las obligaciones específicas que corresponden al empleo, cargo o comisión, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño del servicio público, tendrá las siguientes obligaciones de carácter general, cuyo incumplimiento generará que se incurra en responsabilidad administrativa, dando lugar a la instrucción del procedimiento administrativo ante los órganos disciplinarios y a la aplicación de las sanciones que esta Ley consigna, atendiendo a la naturaleza de la obligación que se transgreda, sin perjuicio de sus derechos laborales previstos en las normas específicas.

I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; XIX.- Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley prohiba, así como aquellos que no sean compatibles. La compatibilidad se da en dos o más empleos siempre que se trate de dependencias y entidades distintas, se desempeñen efectivamente las funciones en turnos diferentes o en horarios y jornadas de labores fijadas para la prestación del servicio, que no interfieran entre sí, y se cumplan los requisitos y perfiles del o los puestos a desempeñar;

Artículo 2º.- Son sujetos de esta Ley, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Estatal o Municipal y en los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, sea cual fuera la naturaleza de su nombramiento, designación o elección. También quedan sujetos a esta Ley, todas aquellas personas que manejen, recauden, apliquen, administren o resguarden recursos económicos estatales, municipales, concertados o convenidos por el Estado con la Federación o con sus Municipios…”

Artículo 3º.- Las autoridades competentes para aplicar la presente Ley serán:

I.- El Congreso del Estado. II.- La Secretaría de la Contraloría. III.- Las demás dependencias del Ejecutivo del Estado en el ámbito de atribuciones que les otorga este ordenamiento. IV.- El Tribunal Superior de Justicia del Estado. V.- Los Ayuntamientos de los Municipios del Estado. VI.- Los demás órganos que determinen las leyes. Artículo 4º.- La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de éstas; así como los delitos del orden común serán perseguidos y sancionados en los términos de la Legislación Penal del Estado.

Por estas razones, hay renuncias por no saber perseguir a malos servidores, hay impunidad, se piensa que habrá renuncias de malos contralores, de malos administradores, pero no hay sanción, de quienes tienen dobles trabajos en la Administración Pública Estatal y/o Municipal ya que no existe quien observe estas irregularidades, cuando el Mandato es Constitucional y debe guardarse la misma Constitución que es violentada momento a momento.

El Congreso del Estado ha sido ciego ante una realidad que no desea ver, no ha hecho una Ley Estatal del Servicio Público que establezca la regularidad, la honestidad a toda prueba del servicio público, que elimine la corrupción, la doble paga por servicios prestados a quienes han violentando el Mandato Constitucional, sus esfuerzos por la transparencia, parece ser que no han resultado conforme al Plan del Ejecutivo para exterminar la corrupción.

Oaxaca merece que de sus 570 Municipios, los 418 de Sistemas Normativos Internos, antes llamados de Usos y Costumbres, sus Presidentes Municipales Constitucionales cumplan con diligencia el encargo constitucional, que no se violente este Mandato que ha sido factor de ingobernabilidad o gobernabilidad a medias en los Municipios de Oaxaca, en donde hay Presidentes Municipales que tienen un empleo además del cargo constitucional.

Tampoco se sabe a ciencia cierta, del aparato burocrático del Estado, quienes, cuantos empleados o servidores públicos ostentan un cargo municipal que también se les da un sueldo, un salario o una dieta adicional a lo que ganan en su empleo ordinario. Debemos construir una cultura de la transparencia, de anticorrupción, es sabido que la corrupción es un abismo al que se cae, sin la posibilidad de salir del fondo, la corrupción es nepotismo, contratar o dar nombramientos a familiares con cargos en el servicio público estatal o municipal, de estos hay muchos ejemplos, recordemos a un Ex Presidente Municipal que puso en nómina en nuestro Municipio de Oaxaca de Juárez, a todos sus familiares, nunca se le sancionó a este ex servidor radiofónico de extracción panista, finalmente regresó a la radio, pero de su responsabilidad hoy nadie se acuerda.

Debemos pues, construir  un régimen de honestidad, un sistema normativo de orden y sanción debidamente estructurada en las instituciones, debería haber un Fiscal dedicado a evitar estas duplicidades de mando o servicio público, no es posible que continuemos en la vieja escuela de tener por tener, más y más poder en una sola persona, con responsabilidades de un Mandato Constitucional conferido por el pueblo, ganando un salario adicional en el erario Estatal y Municipal, la corrupción está en las venas de nuestro Sistema Administrativo, y los Servicios Públicos no han sido de calidad en donde hay personas con poder soberano y trabajos o empleos remunerados, sin dar lo mejor de sí, al pueblo que los dotó de poder para servir al mismo pueblo al que han ido gradualmente traicionando su cargo y su función, al mando de la riqueza o del erario Estatal y Municipal.

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