Propuestas de Reforma de la Constitución Oaxaqueña de 1922 en su 94 aniversario Dr. Ávila Ortíz.
Oaxaca, Oax. 11 de junio de 2016.
LECCIONES CONSTITUCIONALES
MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO
El pasado mes de abril, reunidos en el Paraninfo de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca. Tuvieron lugar conferencias, ponencias y participaciones, de las cuales 25 ponencias y varias participaciones de moderadores y asistentes tuvieron lugar durante el Seminario.
El Dr. Raúl Ávila Ortíz, Relator del Seminario, me hizo llegar invitación y reunió por convocatoria a Juristas, quienes desarrollaron, con riqueza en el análisis diversas propuestas pronunciándose por el reordenamiento y reforma integral al texto de la Constitución oaxaqueña con el propósito de tornarlo actual, coherente y eficaz, pero no consideraron prudente apelar a una asamblea constituyente mientras no se reunieran condiciones especiales de contexto y facilitación para garantizar avances e impedir retrocesos.
Se destacó, al mismo tiempo, la exigencia de mayor conocimiento, discusión y divulgación de temas tan sensibles como el de la reforma constitucional, que permita proveer y aprovechar los insumos técnicos que conduzcan a mejorar la constitucionalidad local.
Del tema “Comparación histórica, evolución y actualidad de la Constitución oaxaqueña de 1922”. Del Dr. Raúl Ávila Ortiz, expuso un panorama retrospectivo sobre la Constitución de 1922 comparándola con sus predecesoras de 1857 y 1825. Hizo un recuento cuantitativo de las reformas al texto entre 1922 y 2016 en que, muy aproximadamente, según las fuentes oficiales disponibles, se cuentan 119 decretos aprobados y 526 artículos reformados y adicionados, todo lo cual ha redundado en un evidente crecimiento del texto y también de sus fortalezas y debilidades formales y de contenido. Destacó que el mayor número de reformas y de mayor extensión se han introducido a lo largo de los últimos treinta años y que uno de los principales motivos de este crecimiento corresponde a la incorporación de las reformas a la Constitución federal, si bien el constitucionalismo oaxaqueño ha registrado innovaciones tempranas, tales como la iniciativa legislativa ciudadana (desde 1922), o bien el reconocimiento de derechos de pueblos y comunidades indígenas (1995) y, más recientemente, la figura del tribunal de fiscalización (2011). No obstante ello, agregó, tanto el carácter simbólico como a función normativa de la Constitución local muestra notorias insuficiencias que obligan a pensar en escenarios alternativos para su reforma.
Los ponentes estuvieron de acuerdo en que la Constitución oaxaqueña requiere una profunda revisión de sus contenidos para imprimirle mayor coherencia y eficacia en cada uno de sus diez títulos que pasaron a ser examinados: (Principios constitucionales, derechos humanos y sus garantías). Se hizo énfasis en los derechos de género y el movimiento feminista como una opción para el avance jurídico y social en Oaxaca, a la vez que apuntó que la Constitución debería ser reformada lo suficiente para que alcanzara mayor coherencia.
El Dr. Alfredo Gómez Vázquez apuntó que las constituciones locales no se conocen y no se aplican; que los medios y órganos de control constitucional son clave para que una Constitución funcione pero que, por ejemplo, en Oaxaca la importante reforma de abril de 2011 no ha funcionado porque no se defienden local sino acaso federalmente los derechos; que veinte entidades federativas con justicia local muestran fenómeno similar y que, por tanto, es relevante plantearse reformas a la Constitución sólo que hay que reducir la dualidad federal-local de controles, es decir que se respeten uno y otro ámbitos competenciales pues de otro modo el constitucionalismo local no progresará.
Cipriano Flores Cruz destacó la importancia de la Constitución pero advirtió que la de 1922 ha fracasado pues se encuentra de espaldas a la realidad popular (sobre todo en relación con millones de indígenas), en particular en la vida sub-municipal y comunitaria que depende de la fuerza política de las cabeceras municipales, sin que los medios y órganos de control constitucional resulten efectivos para corregir las irregularidades, de modo que opera una manipulación y exclusión de la mayoría (hasta el tequio en la época de Vázquez Colmenares fue establecido para ahorrarle dinero al propio gobierno, apuntó). La lógica liberal ha sido contraria a la vida comunitaria. Se exige por tanto una nueva Constitución que incorpore e incluya a la mayoría. Demandó una Constitución intercultural, multiétnica, con garantías a los derechos colectivos, con gobierno popular y no de los poderosos, no con revocación de mandato sino con “terminación anticipada” mediante evaluación obligatoria a medio término de los mandatos ejecutivos y legislativos dado que incluso ocurre que la justicia constitucional atiende los derechos individuales pero no los derechos colectivos. Se mantiene la discriminación indígena (aunque cada 24 de abril se celebre al primer gobernador indígena oaxaqueño, Marcos Pérez) pues se les mira de arriba abajo y no “ojo a ojo”. Exigió, por tanto, un nuevo orden constitucional conforme con el orden real del pueblo pluri-étnico y multicultural oaxaqueño, lo que implica elegira 16 representantes de los pueblos indígenas del Estado.
Rodolfo Moreno Cruz opinó que se requiere una reforma integral del texto pero por etapas: primero en derechos mínimos, en general, y su eficacia, en particular con garantías inmediatas, de modo que el sistema de justicia funcione; segundo, derechos específicos y medios de control conducentes; y, tercero, con motivo de una anécdota en que un presidente municipal justificó el que una mujer estuviera en la cárcel porque “no se dejó educar”, apuntó que habría que extender la lógica a otros contenidos y aspectos constitucionales (pues incluso Chile con reformas gradualistas logró superar su pasado dictatorial). En conclusión, se pronunció por el sí a la reforma integral de la Constitución pero de manera gradual.
Entre los ponentes, que por cierto, felicitamos a todos por su valiosa participación, destacan Blanca Esther Salvador Martínez, Eduardo Castellanos Hernández, Gerardo García Marroquín, Víctor Leonel Juan Martínez, Eduardo Castillo Cruz, Abraham Santiago Soriano, Adrián Ortiz Romero Cuevas, Francisco Martínez Sánchez que abordó el tema de la justicia constitucional advirtiendo que debe estar al alcance de la sociedad oaxaqueña. Recordó que la reforma local más reciente en la materia introdujo el control difuso autorizando desaplicar normas inconstitucionales, sólo que hay dudas sobre cómo operará. Francisco Martínez Ramírez, Jesús Matías Hernández, Heriberto Antonio, Juan Gómez Pérez, Mónica Zárate Apack, Alejandro Paz, José Izcóatl Bautista, Enrique Puente Gallangos, entre otros juristas destacados con valiosas participaciones que pronto se darán a conocer en Oaxaca, por lo que vale la pena reformar nuestra Constitución, integrando más juristas, con el fin de no seguir viviendo en el pasado constitucional. ¡Felicidades Dr. Raúl Ávila Ortiz por este gran y hermoso proyecto.