El Amparo y la Reparación Integral a las Violaciones a los Derechos Humanos

Oaxaca, Méx. 27 de junio de 2o16

LECCIONES CONSTITUCIONALES

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

2ª. PARTE

 

 

 

Continuando con la entrevista y última parte al abogado Jesús Matías Hernández, especialista en la materia de Amparo y la “reparación integral” a los violaciones a los Derechos Humanos, le cuestiono… ¿Qué les podemos decir a los ciudadanos a quienes se les ha cometido alguna violación a sus Derechos Humanos…? R.- Que demanden la protección de amparo para que les sean “reparadas” esas violaciones a sus Derechos Humanos en forma integral, o sea se les “restituya” en sus Derechos, se les indemnice de daños, se les cubra su daño emergente o sea los gastos inmediatos que tuvieron que erogar con motivo de esas violaciones, se les garantice su “proyecto de vida”, se les pague el lucro cesante o sea todo lo que han dejado de percibir desde esas violaciones, etc, pero esa demanda debe de constar por escrito, ya que no existe amparo popular o de oficio.

            Le sigo preguntando a nuestro entrevistado, precisamente el Lunes 20 de junio al día siguiente de los sucesos ocurridos en Nochixtlán, y le cuestiono… ¿Se pueden reclamar los daños, las muertes y la inseguridad que prevaleció en ese lugar el pasado domingo a través del juicio de amparo…? R.- Por supuesto que si, porque el Estado Federal, Estatal o Municipal se encuentran obligados entre otras a haber prevenido, sancionado y evitado ese enfrentamiento del domingo, pero como no lo hicieron ahora deberán de “reparar” esas violaciones a los “Derechos Humanos”, y lo deberán de hacer restituyéndoles material y jurídicamente sus Derechos, sus propiedades, sus cosas que se les destruyeron, sus pertenencias, etc., debe de indemnizarse por las personas que fallecieron conforme a los montos de los estándares internacionales, se les debe de cubrir inmediatamente por los gastos funerarios, a los heridos por sus gastos médicos, psicológicos, etc., y garantizarles de que no se volverá a “repetir”, y sobre todo deben de conocer el “derecho a la verdad” o sea porque y como es que sucedieron esos hechos.

            Todo esto se podrá reclamar en el juicio de amparo, por ser “omisa” la autoridad, en no haber prevenido esas violaciones, a parte de que el Derecho a la seguridad pública constituye una “obligación” para el Estado, pero si no la cumple, de todos modos se encuentra garantizada de que se cumpla, a parte de que el Estado debe de “reparar” en forma integral esas violaciones, que algunas son cuantificables en dinero, otras en forma moral y otras en forma jurídica. Pero todas podrán reclamarse para que las autoridades en el ámbito de sus competencias para que empiecen a cubrirlas.

            También los propietarios de las empresas o negocios que fueron saqueadas o se les causaron graves daños durante la noche del domingo por la rapiña de sujetos desconocidos, podrán “reclamar” esa reparación en forma integral por las violaciones a sus Derechos Humanos que sufrieron por la “omisión” de las autoridades de garantizarles seguridad pública a esos inmuebles dañados. El juicio de amparo obligará a esas autoridades o a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Victimas, para que en su momento se les cubra todas esas “reparaciones” en forma integral o sea, no solamente en cantidades monetarias sino a través de las restituciones de las cosas cuando esto sea posible, su derecho a la verdad, su daño emergente, su lucro cesante o sea todas las pérdidas que están sufriendo por tener sus negocios cerrados, mientras éste conflicto social se resuelve, y sobre todo que se obligará al estado para que les “garantice” que las cosas no volverán a repetirse.

            Pero insisto, desgraciadamente esto no se conoce, y si no se conoce pues no se reclamará, esto se llama “impunidad”, porque a la autoridad entre menos se les exija que cumplan con sus obligaciones no lo hará nunca. Lo que sucedió el domingo pasado es producto de la “negligencia” de la autoridad, no hizo a tiempo lo que tenía que hacer, pero cuando lo intentó hacer fue con  garrote en la mano, propiciando sangre, muertes y daños a las personas y propiedades.

            El Estado actúa cuando ya se inundó, cuando ya explotó algo, cuando ya hubo un enfrentamiento, cuando ya mataron a alguien etc., por eso hay que demandar a la autoridad por su “negligencia”  y el juicio de amparo es la mejor vía para hacerlo. Pero hay que hacerlo, para que se les “reparen” en forma integral esas violaciones a sus Derechos Humanos. Los Derechos Humanos tienen rango constitucional y cuando la autoridad los viola debe de “reparar” en forma integra esas violaciones. Todo esto está en la Constitución, hay que leerla un poco para conocer nuestros Derechos, nuestros Derechos Humanos.

            En esta entrevista que casi concluye, le pregunto…¿ Que le sugeriría a estas personas o comerciantes que sufrieron alguna muerte o daño en sus propiedades por los sucesos del pasado domingo…? R.- Que se asesoren adecuadamente con un abogado que conozca de amparo y de la reparación integral en esta materia para que puedan reclamarle al Estado la “reparación” a esas violaciones a sus Derechos Humanos que sufrieron por la “negligencia del Estado”…es algo parecido a como si su vida o sus propiedades estuviesen “aseguradas” en caso de siniestro con una póliza de seguro, solamente que el Estado es la “aseguradora” y hay que reclamarla judicialmente para que se les cubra.

            Le pregunto al entrevistado…¿ Podría recomendar alguna dependencia que pueda proporcionar asesoría gratuita a dichas personas…? R.- sinceramente no, es más recomendable la asistencia jurídica de un particular que sea conocedor de la materia, lo demás llegará por si solo. El Estado no podrá litigar en contra del mismo Estado, éste no está acostumbrado a “reparar” nada, pero ahora que se le obligué por el amparo, creo que se volverá más cuidadoso. Porque hay que recordar que todo esto antes no se hacía, sino que fue a partir de 2011 fecha de las reformas constitucionales en Derechos Humanos y amparo.

Finalmente…le pregunto abogado ¿…Si alguna persona se encuentra interesada en que se le amplíe la información en donde se le podría localizar…? R.- a través del Colegio de Amparo DR. IGNACIO BURGOA ORIHUELA A.C. en sus oficinas que se localiza en la calle de Rufino Tamayo No. 800 en los arquitos de Xochimilco en esta Ciudad, el Colegio siempre les ha prestado asesoría en esta materia a quien lo requiere, así lo dicen sus estatutos, terminó diciendo nuestro entrevistado, al cual le agradecemos por esta entrevista.

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