El Amparo Colectivo: Nueva defensa de la sociedad

LECCIONES CONSTITUCIONALESMARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

EL AMPARO COLECTIVO: NUEVA DEFENSA DE LA SOCIEDAD

 

En la investigación del presente tema, es de saberse que el Juicio Constitucional de Amparo en México, tiene una modalidad muy interesante para el derecho: El Amparo Colectivo.

 

Amparo Colectivo es una herramienta para combatir actos de autoridad, leyes generales u omisiones que afecten los derechos humanos, entre ellos el derecho a gozar un medio ambiente sano, como ha sucedido recurrentemente con el impacto negativo al medio ambiente por la actividad industrial como la petrolera, petroquímica, química, cementera, minera, metalúrgica, confinamiento de residuos peligrosos, construcción de presas, entre otras, así como para exigir que se reparen los daños ya causados por quienes han atentado contra el medio ambiente.

 

Se denomina Amparo Colectivo a la vía procesal para la protección de derechos y garantías constitucionales de incidencia colectiva, tales como el ya referido medio ambiente, toda vez que no se lesione, restrinja, amenace o altere con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, ya sea por particulares los derechos humanos colectivos, además de ser de contenido de suma importancia y trascendencia para el país.

 

La Gaceta Parlamentaria, Número 3443-VII, del día jueves 2 de febrero de 2012, presentaron una Iniciativa que adiciona el artículo 5 Bis a la Ley de Amparo,reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del Diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del grupo parlamentario del PT.

 

Entre otras, se protege en forma jurisdiccional los intereses difusos y derechos colectivos pero también derechos e intereses individuales de incidencia colectiva en cualquier tipo de materia relacionada con la tutela de los derechos fundamentales en los ámbitos del medio ambiente, los derechos de los consumidores, los derechos de los usuarios de la banca, el patrimonio de la nación, los recursos naturales, el patrimonio histórico o cultural de la República, los derechos a la salud, a la educación, a la vivienda, al trabajo, etcétera.

La propuesta señala: “- Concede legitimación procesal activa a los ciudadanos, grupos, partidos, sindicatos y autoridades. Así se propone que estén legitimados para promover el juicio de amparo los individuos, las asociaciones civiles, las asociaciones públicas, etcétera. En consonancia con el tercer párrafo del artículo 17 de la Constitución y con el primer párrafo de la fracción I del artículo 107 constitucional propongo que el amparo colectivo lo puedan promover:

1) Cualquier persona física, para la defensa de intereses o derechos fundamentales difusos del que sea titular un grupo, categoría o clase de personas ligadas por circunstancias de hecho;

2) Cualquier miembro del grupo, categoría o clase para la defensa de intereses o derechos fundamentales difusos de que sea titular un grupo, categoría o clase para la defensa de intereses o derechos difusos de que sea titular un grupo, categoría o clase de personas ligadas entre sí o con la parte contraria por una relación jurídica base y para la defensa de intereses o derechos individuales homogéneos;

3) La entidad pública relevante, entendida como aquella a cargo de la protección o tutela del derecho fundamental o interés amenazado o vulnerado de acuerdo a la legislación aplicable;

4) La Federación, los Estados, el Distrito Federal y, los municipios;

5) Asociaciones sin fines de lucro legalmente constituidas que defiendan objetivos sociales jurídicamente previstos en sus documentos constitutivos;

6) El Ministerio Público; y,

7) Los sindicatos para la defensa de los intereses y derechos fundamentales de sus agremiados y laborales…”

Este Amparo Colectivo por tanto no solo es ambiental, tiene otras naturalezas o aplicaciones, puede ser de consumidores, de prestadores de servicios, laboral, de salud, de índole fiscal como por ejemplo contra el IVA.

Este Amparo Colectivo no debe ser confundido con la Acción Colectiva, puede proceder contra violaciones contra la colectividad, protección colectiva de intereses en materias necesarias de regularse el medio ambiente, el equilibrio ecológico, el desarrollo sustentable, el uso y disfrute de espacios públicos, uso y protección de los bienes del dominio público, libre competencia económica, acceso a servicios públicos, materias que es necesario regular debidamente, así como derecho de consumidores y usuarios, moralidad de servidores públicos.

 

Los legisladores tienen que ampliar el ámbito de las acciones colectivas, pero también del amparo colectivo, hay acciones y omisiones que pueden atacarse con Amparo Colectivo que protege grupos o colectividades.

 

A la fecha se sabe que esta herramienta magnifica, ha funcionado contra el Apagón Analógico, las Tarifas de la C.F.E., contra las tarifas injustas del Alumbrado Público, el Gas, contra el Reglamento de Tránsito en otros Estados de la República, contra la sobrepoblación de prisiones en el D.F., ha funcionado contra decisiones de un Cabildo, o bien, para la protección de bosques, contra el I.V.A. homologado, contra la prohibición de la marihuana, contra la Ley de Circo sin animales, hay que proponer más aún, como por ejemplo:

 

El alza del agua contra SAPAO que lastima la economía de miles de personas o familias, cuando están cobrando irracionalmente, fuera de toda norma un consumo de agua que es ficticio o nulo, cobrando tarifas altísimas superiores a los $7 mil pesos o más a quien se deje o a quien no puede pagarlo, problema en el cual me auto adscribo, ya que nadie está fuera del alcance de estos presupuestivoros sin escrúpulos.

 

Por tanto, de no regularse debidamente, los abusos pueden ser controlados por el Juicio de Amparo y en su modalidad colectiva, por tanto, estudiar los problemas colectivos son en su mayoría derechos humanos que pueden ser o están siendo vulnerados por una o varias autoridades, particulares, este tipo de amparo debemos ejercitarlo en todo momento, el mecanismo idóneo para darle a la sociedad seguridad jurídica es esta figura constitucional, ampliar su espectro legal y constitucional es darle mayor fuerza social. Amig@ lector: Usted sería beneficiado con un Amparo Colectivo si existiesen violaciones sistemáticas a sus derechos colectivos, a sus intereses legítimos, si existieren afectaciones colectivas, como sucede a diario en Oaxaca con Empresarios, Taxistas, Mercaderes, Vendedores, en fin, todas las colectividades, por tanto, Usted(es) tienen la palabra.

 

 

 

 

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