“Clasificación de Derechos Humanos en la Constitución”

LECCIONES CONSTITUCIONALES

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

En la actualidad debemos aplicar los Derechos Humanos, que finalmente son un catálogo de expectativas de justicia, de derecho aplicado, de libertades que todos los ciudadanos debemos conocer, a saber son:

I.-LA LIBERTAD

1.-Reconocimiento de la Libertad Humana (Artículo)

2.-Prohibición de los trabajos forzados (Artículo )

3.-Libertad de Trabajo (Artículo)

4.-Libertad de Expresión (Artículo)

5.-Libertad de Imprenta (Artículo 7º)

6.-Libertad de Asociación (Artículo)

7.-Libertad para Portar Armas (Artículo 10)

8.-Libertad de Tránsito (Artículo11)

II.-LA IGUALDAD

1.-La Igualdad en General (Artículos 1º, 12 y 13)

2.-Abolición de la Esclavitud (Artículos y 15)

3.-Prohibición de Leyes Privativas (Artículo 13)

4.-Prohibición de los Tribunales Especiales (Artículo 13)

5.-Prohibición de los Títulos de Nobleza (Artículo 12)

III.-LA SEGURIDAD

A).-LA SEGURIDAD JURÍDICA

B).-LA SEGURIDAD PERSONAL

C).-LA SEGURIDAD REAL

A).-LA SEGURIDAD JURÍDICA

1.-Competencia y Facultad de las Autoridades (Artículo 21)

2.-Restricción de las Instáncias (Artículo 23)

3.-Irretroactividad de las Leyes (Artículo 14)

4.-Derecho de Petición (Artículo )

5.-Justicia Expedita (Artículo 17)

6.-Exacta Aplicación de la Ley (Artículo 14)

7.-Garantía de Audiencia (Artículo 14)

8.-Seguridad en la Subsistencia de las Garantías Individuales (Artículo,15 y 29)

B).-LA SEGURIDAD PERSONAL (En la Persona y Libertad del Individuo)

1.-Condiciones para dictar una orden privativa de la Libertad (Artículo 14 y 16)

2.-Prohibición de la Prisión por Deudas (Artículo 17)

3.-Prohibición de las Penas Infamantes, Marcas, Tormentos, etc.(Artículo 22)

4.-Prohibición de la Pena de Muerte (Artículo 22)

5.-Derechos a los Privados de su Libertad (Artículo 18)

6.-Derechos a los Sujetos a Proceso (Artículo 19, 20 y 22)

7.-Condiciones para la Extradición (Artículo 15)

C).-LA SEGURIDAD REAL (En los Bienes de los Individuos)

1.-Condiciones para Privar de las Posesiones o Derechos (Artículo 14 y 16)

2.-Inviolabilidad del Domicilio (Artículo 16 y 26)

3.-Inviolabilidad de la Correspondencia (Artículo 25)

4.-Condiciones para la Expropiación (Artículo 27)

5.-Prohibición para la Confiscación (Artículo 22)

6.-Prohibición de los Monopolios (Artículo 28)

7.-Respeto a la Pequeña Propiedad (Artículo 27)

Los Derechos Humanos son Universales, Constitucionales, obligatorios para toda autoridad jurisdiccional o administrativa en todos los niveles de gobierno.

Estos Derechos Humanos deben ser estudiados y aprendidos mínimamente para poder tener conciencia de nuestra Dignidad Humana, ya que todas las violaciones a Derechos Humanos son violaciones constitucionales.

No podemos dejar de lado, que para defender y proteger  a los Ciudadanos, el Juicio Constitucional de Amparo de Derechos Humanos, COLECTIVOS, se fundamentan:

En los artículos 103 fracción III inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos art. 1 fracción 1, 4,  17, 28, 107 fracción II de la ley reglamentaria de los preceptos constitucionales señalados, así como lo dispuesto por el artículo 25 de la Convención Americana de derechos humanos (pacto de san José) CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE  DERECHOS HUMANOS (B-32)Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49 Lista de los Estados que han ratificado el pacto invocando su artículo 2 del pacto internacional de derechos civiles y políticos demando el amparo y protección de la justicia federal en contra de las autoridades en su carácter de ordenadoras y ejecutoras, pues conculcan derechos humanos fundamentales de la parte lesa hoy quejosa conculcando el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

El Amparo COLECTIVO ha prosperado para la defensa de diferentes Derechos Humanos como:  El Apagón analógico, Tarifas de C.F.E. tarifas de Alumbrado Público, Reglamento de Tránsito, Sobrepoblación en prisiones (.D.F.)., Decisión de Cabildo Ciudad Juárez, quitar escoltas al Presidente Municipal, Aumento a tarifas de gas, I.V.A. homologado, Prohibición de Marihuana, Ley de Circo sin animales, Discriminación a mujeres indígenas, Discriminación derivada de la falta de protección de las familias homoparentales en comparación con las familias heteroparentales, Declaración de inconstitucionalidad de normativas, aumento de tarifas, Retrotraer, minimizar o moderar el precio del GNC (gas domiciliario), El derecho a elegir libremente una profesión o empleo y a no ser discriminado en razón del género en el proceso de selección para acceder a un empleo. Entre otros nuevos que se van generando.

Razón por la que debemos considerar la importancia de los Derechos Humanos y el Juicio de Amparo que han sido instrumentos para defendernos de cualquier autoridad que abuse del poder, armonizando la Constitución y las normas internacionales, dado que el artículo 133 Constitucional establece que ambas normas interna y externa son ya Constitución.

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